El dirigente senatorial acusa al gobernador de violentar la cláusula de separación de poderes y reclama que la presidenta alterna de la CEE cese de ejercer las funciones de un cargo al cual no ha sido nombrada ni confirmada en clara violación a la Constitución
San Juan – El presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, demandó hoy al gobernador Pedro Pierluisi, a la Presidenta alterna de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), la jueza Jessika Padilla y a dicho organismo electoral, por entender que la negativa del gobernador de someter nuevos nombramientos, procura que la presidenta alterna de la CEE ocupe el cargo de la presidencia de la CEE indefinidamente, sin haber sido nombrada ni confirmada para ese puesto en clara violación a la Constitución y a las decisiones del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
“En el día de hoy, el Senado de Puerto Rico, inicia un procedimiento legal contra el gobernador Pedro Pierluisi para hacer valer nuestras prerrogativas constitucionales. El señor gobernador, nuevamente, pretende usurpar poderes constitucionales reservados para los cuerpos legislativos, al negarse a someter nombramientos en propiedad, con el claro intento de retener interinatos indefinidos en clara violación de la Constitución y a las propias decisiones del Tribunal Supremo. En este nuevo intento, el gobernador Pierluisi pretende dejar de forma indefinida a la presidenta alterna de la CEE en un cargo para el cual ni ha sido nombrada ni confirmada”, expresó el dirigente senatorial en declaraciones escritas.
Dalmau Santiago, explicó que el Primer Ejecutivo intenta aplicar incorrectamente la decisión del Tribunal Supremo sobre el vencimiento de términos, cuando en este caso en particular, se trata de una vacante que tiene que llenarse de conformidad a nuestro ordenamiento constitucional. A esos efectos, el Senado recurrió hoy al Tribunal con un recurso de Mandamus, Sentencia Declaratoria e Injunction Preliminar y Permanente contra el gobernador y la presidenta alterna de la CEE.
“En este caso, la presidenta alterna de la CEE, no puede ocupar el cargo de presidente en propiedad indefinidamente, porque aquí no se trata de un interinato producto del vencimiento de un término dispuesto ni de una sustitución temporera, se trata de una vacante producto de una renuncia voluntaria que tiene que llenarse según dispuesto en el Código Electoral”, dijo Dalmau Santiago.
En la demanda, el Senado argumenta que: “El 29 de agosto de 2023, cuando el Senado iba a considerar al nominado, el gobernador retiró el nombramiento del juez Jorge Rafael Rivera Rueda como presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y, poco después, nominó al cargo a la jueza Cyndia Enid Irizarry Casiano, cuya designación fue derrotada, de inmediato, por la Cámara de Representantes. Luego de dos intentos simultáneos fallidos, el 30 de agosto de 2023, el gobernador, motu proprio, decidió que no nominaría más jueces para la jefatura (presidencia) de la Comisión Estatal de Elecciones, y que la presidenta alterna Jessika Padilla Rivera, fungiría como presidenta en propiedad, sin el aval de la legislatura violentando así el derecho del Senado a evaluar las nominaciones y considerarlas como exige la propia ley. Toda vez que en este caso no aplica la cláusula de continuidad al ejercer un puesto al que no había sido confirmada, no puede operar dicha cláusula de continuidad, porque la jueza Jessika Padilla Rivera no fue confirmada como presidenta en propiedad de la CEE, (por lo que) en todo caso, está usurpando un puesto que no fue considerando ni avalado por la legislatura”.
Asimismo, en sus argumentos, el Senado expresa que: “Hoy en día, la presidenta alterna continúa fungiendo el puesto de presidenta, sin un nombramiento en propiedad y el gobernador continúa ignorando el requerimiento de ley que le exige enviar nominaciones a los respectivos puestos de la alta comandancia de la Comisión Estatal de Elecciones, entiéndase al puesto de Presidente. Por mandato del antes citado Código Electoral de Puerto Rico, los antedichos nombramientos hechos por el Gobernador requieren el “consejo y consentimiento de dos terceras partes (2/3) del total de los miembros de ambas cámaras de la Asamblea Legislativa a no más tarde de los quince (15) días naturales a partir del recibo del o los nombramientos otorgados por el Gobernador, según corresponda. Así pues, es entonces que una vez dicha nominación es rechazada, comienza a decursar el término que el Gobernador tiene para realizar una próxima nominación. Es por esto, que solicitamos de este Honorable Tribunal que ordene al gobernador que cumpla con su obligación constitucional de nombrar un candidato a presidir la CEE, para que la Legislatura cumpla con su obligación constitucional de evaluarlos. También solicitamos a este Honorable Tribunal que ordene a la Hon. Jessika Padilla-Rivera de abstenerse de ocupar de manera interina un puesto al que no ha sido nominada ni confirmada”.
Dalmau Santiago, explicó que esta situación plantea un serio problema procesal para los cinco partidos políticos representados en la CEE, así como para los legisladores independientes y aspirantes, toda vez que el presidente en propiedad de la CEE no vota en las determinaciones de ese cuerpo electoral y solamente interviene para resolver controversias cuando no exista unanimidad de los comisionados electorales.
“Cada vez que se atiende un asunto ante la CEE que no logre unanimidad, la controversia estaría siendo resuelta por una persona que no ha sido nombrada ni confirmada para ese cargo. Si el gobernador desea que la jueza Padilla ocupe el cargo de la Presidencia de la CEE en propiedad, tiene que someter su nombramiento ante el poder legislativo de conformidad a la ley. Ese es su deber y su obligación. Por su parte, la jueza Jessika Padilla, no debe prestarse para un claro intento de burlar nuestro ordenamiento jurídico y debe requerirle al primer ejecutivo que cumpla con la ley. Hacer lo contrario, es hacerse parte de un claro intento de usurpación de poderes de otra rama constitucional que no puede permitirse”, advirtió el dirigente senatorial.
Como remedio a la controversia, el Senado solicita que el tribunal declare vacante la plaza de Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones; además, que se le ordene al gobernador a nominar candidatos para dicha plaza; que señale una vista de injunction preliminar, para que las partes demandadas comparezcan a mostrar causa por la cual no deban concederse los remedios solicitados y, luego de celebrada ésta, emita la orden de injunction preliminar ordenando a la jueza Jessika Padilla-Rivera que se abstenga de continuar ejerciendo las facultades del cargo. Finalmente, el Senado solicita que se emita una orden de injuntion permanente, en contra de la parte demandada, exigiéndole al Ejecutivo a realizar las nominaciones de Presidente en propiedad de la CEE y ordenándole a la jueza Jessika Padilla a que se abstenga de continuar ejerciendo un puesto para el cual no ha sido nombrada ni confirmada.
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