En una decisión emitida el 8 de julio de 2024, el juez Anthony Cuevas Ramos del Tribunal de Primera Instancia de San Juan desestimó la demanda presentada por un grupo de organizaciones que buscaba anular el aumento del salario mínimo a $10.50 por hora, el cual entró en vigor el pasado 1 de julio.
La sentencia, documentada en el expediente SJ2024CV06161, declara que la moción de desestimación presentada por los demandados tiene lugar, lo que resulta en la desestimación de las causas de acción de mandamus y sentencia declaratoria. La razón es la falta de un deber ministerial incumplido y la naturaleza consultiva de la solicitud.
Los demandantes alegaban que la Comisión responsable de establecer el salario mínimo no había cumplido con los procedimientos adecuados. Sin embargo, el juez determinó que, según la Ley Núm. 47, no se requería emitir un decreto en cuanto al aumento a $10.50/hora porque no hubo variación en lo ya establecido.
El juez Cuevas indicó que, de haber existido una modificación del aumento mediante un mandato legislativo, la situación sería diferente. En este caso, no se presentó tal modificación, por lo que la demanda fue considerada como una solicitud de opinión consultiva sobre un asunto sin controversia real.
Con esta decisión, el aumento del salario mínimo a $10.50 por hora permanece vigente y firme, salvo que se apele la determinación. Los trabajadores de Puerto Rico seguirán beneficiándose del nuevo salario mínimo, mientras que las organizaciones demandantes evaluarán sus próximas acciones legales.
Esta sentencia marca un importante precedente en la implementación de políticas salariales en la isla y refuerza la autoridad de las comisiones encargadas de dichos ajustes. La comunidad laboral y empresarial estará atenta a cualquier desarrollo futuro relacionado con esta decisión judicial.
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