La Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) impuso una multa de $50,000 a la aseguradora Triple S por violar la Ley de Pago Puntual y el reglamento de la entidad reguladora. La multa se emitió como resultado de una querella presentada por Hospitales HIMA San Pablo contra Triple S, en la que se alegaba que los procesos internos de la aseguradora para resolver disputas en reclamaciones de proveedores estaban retrasando la resolución de los pagos por servicios prestados.
La disputa entre HIMA San Pablo y Triple S involucraba alrededor de 3,000 servicios prestados a pacientes asegurados entre los años 2018 y 2020. La controversia llevó a Triple S a finalizar su contrato con los hospitales en marzo pasado, lo que provocó una demanda por parte de HIMA San Pablo alegando represalias por el proceso de reclamación de pago.
La OCS determinó que Triple S había violado la Ley de Pago Puntual y la Regla número 73 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico al demorar y eludir el proceso administrativo interno de querellas de Pago Puntual y al impedir que los proveedores acudieran a la OCS. Según la orden de la OCS, los mecanismos operacionales de ajuste y reconsideración implementados por Triple S retrasaban el tiempo que un proveedor tenía para presentar una solicitud de intervención de pago puntual ante la OCS, lo cual iba en contra de la ley.
En el proceso de reclamación de un proveedor ante Triple S, se requería que el proveedor agotara los procesos de ajuste y reconsideración antes de poder presentar una querella ante el Comité de Querellas de Pago Puntual, requisito previo para acudir a la OCS. Esto impedía que el proveedor pudiera buscar una intervención de pago puntual por parte de la OCS si optaba por presentar una apelación.
La orden de la OCS incluye, además de la multa, la exigencia de que Triple S cese y desista de aplicar los procesos de reconsideración y apelación internos. También se le ordena ajustar sus procesos de trámite de reclamaciones de proveedores para cumplir con la Ley de Pago Puntual y la Regla 73.
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